Fotomultas siguen vigentes tras una resolución judicial

FOTO: Diario La Hora
La Hora Quito 16/06/2016

El Juez recomienda mejorar el mecanismo de citación de las contravenciones.

El juez Víctor Romero aceptó parcialmente la acción de protección planteada por el consorcio jurídico Contravía y solo siete u ocho personas tendrían que ser citadas legalmente para que puedan impugnar las denominadas fotomultas, con las que se sancionan algunas infracciones de tránsito.

De esta manera, se desvaneció la expectativa que se había creado en torno al tema, en el sentido de que con la resolución del juez se podrían beneficiar miles de ecuatorianos a escala nacional, que no habrían sido citados con la infracción y que, sin embargo, se les multó, sin tener derecho a la impugnación.

Antes de anunciar su resolución, el Juez adelantó a las partes, especialmente a los accionantes, que la acción de protección es interpartes, lo que quiere decir que solo beneficia a quienes impugnaron las decisiones de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) y no a escala nacional, como falsamente se había creado esa idea.

No obstante, aclaró que si no hay conformidad con la resolución, pueden acudir a la Corte Constitucional para que hagan valer sus derechos.

Romero comenzó señalando que los accionantes, a través de su abogado defensor, Danny Gaybor, solicitaron la nulidad de las boletas de contravención, situación que es de mera legalidad y que él, como juez constitucional, no tiene esas atribuciones.

A estas personas se les deberá notificar en el plazo de tres días una vez que esta resolución haya sido notificada a las partes procesales y en caso de no localizarles, se los deberá citar a través de la prensa escrita de mayor circulación en el distrito en el que se cometió la infracción.

También ordenó que se cree un mecanismo para que, a futuro, se cite en legal y debida forma a los presuntos contraventores que no tengan domicilio en Quito. Igual, sugirió un mecanismo de control en el traspaso de propiedad de los vehículos, para evitar que el expropietario pueda ser sancionado por una infracción que no cometió.

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