FOTO: Asamblea Nacional
12/05/2016
Con 94 votos afirmativos, 26 negativos y 7 abstenciones, la Asamblea Nacional aprobó la tarde de este jueves 12 de mayo de 2016 la Ley de Solidaridad enviada por el Ejecutivo para afrontar las secuelas del terremoto.
Entre otros puntos, se confirma el incremento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de 12% al 14%.
La normativa incluye que quienes usen dinero electrónico pagarán solo 10% de IVA; es decir, 4 puntos menos.
Es la “responsabilidad con las poblaciones afectadas por el terremoto”, escribió en su cuenta de Twitter la presidenta del Legislativo, Gabriela Rivadeneira.
Durante la presentación de los cambios generados tras el debate, Virgilio Hernández, titular de la Comisión de Régimen Económico, indicó que la normativa se aplicaría a todas las zonas afectadas por el terremoto.
“Manabí, Esmeraldas, Santo Domingo y otras zonas gravemente afectadas serán beneficiarias”, señaló.
El informe para el debate que tuvo lugar este jueves fue aprobado la tarde del lunes 9 de mayo de 2016 en la Comisión de Régimen Económico de la Asamblea Nacional.
Según señala la Asamblea en su web, se acogieron los planteamientos que apuntan a que la normativa debe hacerle frente a las consecuencias del terremoto en todas las zonas gravemente afectadas.
También se agregó la propuesta para que las personas que trabajan en el Ecuador, pero que se les paga en el extranjero, también aporten con un día de remuneración.
Cuando se trate del sector turístico la exoneración del Impuesto a la Renta (IR) puede ser de hasta 10 años, pero será el Comité de Política Tributaria el que establezca los límites y condiciones.
En cuanto a las contribuciones, indica que con patrimonio, utilidad y día de remuneración no solo se beneficiará a las circunscripciones devastadas, sino a todas las personas que resultaron afectadas a causa del terremoto, independientemente de la provincia.
El artículo 14 de la ley priorizará la reconstrucción a las empresas, profesionales, bienes y servicios de origen local, de acuerdo con las condiciones que emitan las autoridades, sin establecer solo a Manabí y Esmeraldas, sino a todas las zonas en donde existan obras de reconstrucción.
Se incluyó en el artículo 13 de la ley la obligación de establecer políticas públicas destinadas a incentivar el crédito para la vivienda y la reactivación de pequeños productores de las zonas urbanas y rurales, pescadores artesanales y comerciantes para todas las zonas afectadas por el terremoto.
Se amplía, además, el beneficio de Régimen Laboral de la Ley Orgánica de Servicio Público también a Esmeraldas.
Otras modificaciones
- Se asumieron las propuestas de reformar la Ley de Régimen Único de Contribuyentes, para que se permita conocer cuando se utilizan empresas en paraísos fiscales para evadir y hacer fraude tributario. También se dispone que las sociedades extranjeras domiciliadas en paraísos fiscales o cualquier otra jurisdicción, que poseen bienes inmuebles en Ecuador con anterioridad a la vigencia de la ley, deberán cumplir la obligación de inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes en máximo 90 días a partir de la publicación de la norma.
- Se recogieron las propuestas para que los Gobiernos Autónomos Descentralizados de cualquier parte del país que sufrieron afectaciones puedan realizar una ordenanza a través de la que se establezca la revisión de multas e intereses y si sufrieron afectaciones, puedan exonerar del pago del impuesto predial.
- Los municipios iniciarán de forma inmediata los procedimientos para la regularización de asentamientos humanos de interés social en las zonas afectadas por el terremoto.
- Una de las incorporaciones fue el anuncio de que quien use dinero electrónico no pagará ni el 12 ni el 14% de IVA, sino el 10%. Además, el Banco Central deberá incentivar a las cooperativas para que puedan desarrollar el mecanismo de dinero electrónico.
- En lo que tiene que ver con el precio de los combustibles, no se elevará el IVA, con el objetivo de que no exista incremento en otros productos.
Fuente: Asamblea Nacional / Ecuavisa